La nueva Reforma Laboral establece una serie de cambios y medidas urgentes que atañen a diferentes ámbitos dentro del mercado laboral.
Se instauran nuevos criterios en el tema de contratación laboral, haciendo especial hincapié en todo lo relacionado con la contratación de carácter temporal, contratos de duración determinada, contratos formativos.
Los principales objetivos de la nueva Reforma Laboral pueden resumirse en reducir la precariedad y temporalidad en los contratos de trabajo, reforzando la contratación de manera indefinida a través de contratos fijos-discontinuos y penalizando la contratación temporal.
El día 30 de diciembre de 2021 fue publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado), entró en vigor el día siguiente (el 31 de diciembre de 2021), salvo algunas materias las cuáles entran en vigor a partir del 30 de marzo de 2022 (3 meses después de su publicación).
Aquellos contratos realizados antes del 31 de diciembre de 2021 se rigen por la normativa anterior.
Hasta el 30 de marzo de pueden realizarse contratos teniendo en cuenta la normativa anterior pero ha de tenerse en cuenta que los contratos de obra y servicio y contratos eventuales no pueden tener una duración superior a 6 meses.
Los principales cambios que introduce la nueva Reforma Laboral pueden resumirse en los siguientes puntos:
El objetivo principal de la nueva Reforma laboral es evitar la temporalidad de los contratos, por ello introduce en contrato indefinido.
Tan solo se permite la contratación de duración determinada en los siguientes casos:
La nueva Reforma laboral establece un límite de 18 meses en un tiempo de 2 años, para enlazar contratos y pasar a contrato de carácter indefinido. (Anteriormente la normativa establecía un límite de 24 meses de contratación en un tiempo de 30 meses).
Todo trabajador con contrato fijo-discontinuo tiene los mismos derechos que si de un contrato indefinido se tratase, incluida la indemnización por despido.
La contratación fija-discontinua puede ser utilizada por ETT (Empresa de Trabajo Temporal), actividad temporal y contratas, y subcontratas.
Los contratos por obra y servicio determinado desaparecen. Aquellos firmados entre el 31 de diciembre del 2021 y 30 de marzo del 2022, se regirán por la normativa vigente con un periodo de duración no superior a los 6 meses.
Se establecen 2 modalidades de contratos formativos:
Contrato articulado especialmente para el sector de la construcción. El final de la obra obliga al empresario a realizar una propuesta al trabajador por escrito, para su recolocación y con la formación adecuada.
Entre los principales beneficios que supone la nueva Reforma Laboral desde el punto de vista del trabajador:
Para el sector empresarial, entre las medidas positivas de esta nueva Reforma Laboral, cabe destacar:
Con la nueva ley de trabajo de 2022 el trabajador por defecto se hace indefinido. Solo es posible la contratación de carácter temporal ante unas condiciones muy limitadas.
En el caso de no cumplir una causa demostrable, la duración máxima y requisitos de forma, el contrato automáticamente se convertiría en indefinido.